actualización cálculo cotización empleada de hogar

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actualización cálculo cotización empleada de hogar

Necesito ayuda con un tema derivado de una petición de actualización cotización empleada de hogar. He recibido una solicitud de TSGG en la que me pide esta actualización. Tengo contratada empleada de hogar a 20 horas semanales, por la cuales percibe un salario de 612€ mensuales por 12 pagas. La trabajadora está dada de alta desde el primer día. La TGSS me indica que la remuneración calculada debería ser de 641,52€ mensuales, correspondiente a 20 horas semanales pero 88 horas mensuales. Con el SMI actual, a 20 horas semanales corresponden 583€. Entiendo que yo ya estoy pagando por encima del SMI, pero la TGSS me indica que esa cantidad por 20 horas debería ser de 641,52€. ¿Es esa indicación de la TGSS una recomendación o una obligación? La TGSS indica tipo de contrato 200.

Gracias anticipadas.

Pregunta respondida

Buenos días Xabier,

Lo que la seguridad social está teniendo en cuenta es que la jornada mensual declarada es de 88 horas, que se corresponde con el salario mínimo de 641,52€ mensuales que le señalan y una jornada semanal de 22 horas.

Evidentemente, puede enviar notificación de que la jornada mensual real es de 80 horas, que es la que corresponde con la jornada semanal de 20 horas y que, por tanto, el salario bruto mensual notificado está por encima del SMI de 583,33€ de la jornada de 20 horas.

Pero mi recomendación es que comunique a través de import@ss la variación de datos salarial de 612€ a 641,52€ mensuales aplicables desde el 1 de enero de 2022, ya que dicha notificación no tiene ninguna repercusión económica para usted, pues la base de cotización se sigue manteniendo la misma.

Una vez hecho eso, lo mejor es formalizar un nuevo contrato de reducción de jornada a 19 horas a la semana y de esa manera incluso se podría reducir las cuotas que paga a la seguridad social en más de 448€ al año y la hora que falta para completar las 20 horas de servicio a la semana que lo realice como horas extras, que es completamente legal mientras no se supere el máximo permitido anualmente, con la particularidad de que estas no cotizan a la seguridad social.

Puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si necesita asesoramiento gratuito detallado sobre cómo proceder ante el escrito que ha recibido de la inspección de la Seg. Social y además le pueden preparar un contrato de reducción de jornada de 20 a 19 horas que contenga una serie de cláusulas esenciales que la mayoría de los contratos no contemplan y que le servirá para actualizar su contratación actual de manera más ventajosa y con todas las garantías legales.

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