Contrato empleada de hogar
Contrato empleada de hogar
Hola,
Quiero contratar una empleada de hogar 30 horas semanales. La mitad del año vivimos en la ciudad y la otra mitad en el apartamento. ¿Puedo poner las dos direcciones en la Seguridad Social? ¿Puedo especificarlo en el contrato?
Gracias
1 Respuesta
Hola Isabel,
La movilidad geográfica o desplazamiento, que es como se denomina la posibilidad de que una persona trabaje en más de un centro de trabajo que implique que esta deba pernoctar en un lugar distinto de su domicilio habitual, está regulada por el artículo 40.6 del Estatuto de los trabajadores y según este será posible siempre que a esa trabajadora se le abonen los gastos de viaje y las dietas (o se le ofrezca) del alojamiento y la manutención y además generará un derecho de un permiso de 4 días en su ciudad de origen por cada 3 meses de desplazamiento.
Evidentemente, lo lógico es establecerlo en contrato, ya que de no ser así, se consideraría un traslado que podría rechazar el trabajador, pero con derecho a cobrar las indemnizaciones correspondientes.
Contacte con https://www.nominahogar.es/ si necesita ayuda para la preparación de un contrato que incluya cláusulas esenciales, como la de la movilidad geográfica, flexibilidad de jornada o subida salarial, entre otras, que habitualmente no figuran en la mayoría de los contratos.