Empleada de hogar que pernocta en el domicilio
Empleada de hogar que pernocta en el domicilio
Si la empleada de hogar pernocta en el domicilio y cobra el salario mínimo ¿cuanto habrá que abonarle por pernocta? ¿Este importe que se abona por pernocta habría que sumarlo a la base de cotización?
1 Respuesta
Hola Amanda,
El que la persona empleada pernocte en el domicilio no quiere decir que esta tenga obligación de trabajar por las noches, sino que seguirá teniendo derecho a descansar un mínimo de 12 horas entre jornadas.
Ahora bien, la reglamentación permite que por necesidad, si ambas partes estuvieran de acuerdo el descanso nocturno se puede quedar reducido a 10 horas, siempre que esas 2 horas sean compensadas como mínimo a un importe igual al de la hora ordinaria.
Si esas 2 horas de pernocta las realiza de manera habitual, entonces debería de notificarse a la Seguridad Social como horas de guardia y afectarían a la base de cotización. Pero si esas 2 horas las realiza de vez en cuando, se podrán considerar como horas extras y pagarlas como mínimo a un importe igual de le la hora ordinaria, y no será necesario notificarlas a la Seguridad Social ya que no cotizan.
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