EMPLEADAS DE HOGAR A TIEMPO PARCIAL Y EXTERNAS
EMPLEADAS DE HOGAR A TIEMPO PARCIAL Y EXTERNAS
Siempre que sale el tema de las empleadas de hogar a tiempo parcial y las empleadas de hogar “externas” me hacen dudar.
Para mí, ser trabajadora externa, es aquella que trabaja a tiempo parcial, pero menos de 120 días al año y cobra como mínimo 7,43€/hora “cuando trabaja”, es decir, que si trabaja los lunes y ese lunes es festivo, si no presta servicios, no cobra. Al igual que con las vacaciones, mientras las disfruta, no cobra. Las pagas extras van a prorrata en ese precio hora establecido por el gobierno.
La empleada de hogar a tiempo parcial es aquella que no llega a las 40h/s de jornada, pero supera los 120 días al año de prestación de servicios, por tanto, todas sus mensualidades son iguales, esté de vacaciones o no, sea festivo o no… y las pagas extras las puede cobrar mes a mes prorrateadas o íntegras en el mes correspondiente (verano/Navidad)
Así es como yo lo entiendo ¿es correcto?
Mil gracias por tu tiempo!
Buena pregunta, pero para mi el error es considerar que pueden existir trabajadoras internas. Este concepto debería desaparecer. Como mucho establecer que a aquellos que se le ofrezca alojamiento como parte del pago en especie, podrá reducirse el descanso diario.
Se que el Real Decreto habla de ello, pero da la sensación que es una persona trabajadora que se encuentra en la obligación de estar en el puesto de trabajo las 24 horas, cuando lo máximo permitido por ley es 40 horas a la semana más 20 horas de presencia, y la obligación de estar en el puesto de trabajo, se trabaje o no de manera efectiva, debería considerarse como tiempo de trabajo y remunerado como tal.