INCREMENTO SALARIO MÍNIMO
INCREMENTO SALARIO MÍNIMO
Buenas tardes, tengo una empleada de hogar y el salario informado a la Seguridad Social, es superior al que le correspondería según sus tablas con el SMI actualizado a Octubre. ¿ Debo modificarlo e incrementarle los 15€ de la última subida?, quedaría en caso de incrementarlo con la misma cuota mensual, ya que está en el mismo tramo. Gracias
1 Respuesta
Buenos días,
La subida salarial anual depende de lo acordado por contrato.
Si por contrato no se pacto nada, según el artículo 8 del RD 1620/2011, que regula las relaciones del empleo del hogar, cuando el salario es superior al SMI, la subida salarial a aplicar será la que alcance la media de convenios a nivel nacional en el mes en que haga el año de contratación.
Pero cuando el salario está por debajo del SMI, la subida será la necesaria para alcanzar el SMI.
Si la subida que se efectúe no implica cambiar de tramo en la tabla de bases de cotización de la seguridad social, no es imperativo el notificar tal variación, aunque de manera generalizada, la seguridad social pide que las subidas salariales deben ser notificadas cuanto antes.
Si necesita ayuda para realizar el contrato puede contactar con https://www.nominahogar.es/ y le asesorarán cómo debe realizarlo.