Modificaciones en contrato sin cambio de Base de Cotización

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Modificaciones en contrato sin cambio de Base de Cotización

Tengo una empleada de hogar trabajando en casa 16 h/semana. Cuando le di de alta, en Tesorería, en 1915 presenté el contrato inicial, que ha servido para que me hayan venido cargando, sobre mi c/c asociada, las cotizaciones correspondientes, suma de las que me corresponden como empleador más las que le corresponden a ella (que deduzco en su nómina mensual).

Entiendo que, aunque a partir de octubre de este año, se incorporan a las cotizaciones los nuevos elementos, Desempleo y FOGASA, y la potencial subida salarial, a partir de enero de 2023, si no ha variado el tramo sobre el que se aplica la Base de Cotización, no se precisará presentar un nuevo contrato a Tesorería, en sustitución del vigente. ¿Es correcto?

Gracias y saludos cordiales,

Pablo

Pregunta respondida

Hola Pablo,

El contrato no es preciso cambiarlo cuando se produzca una subida salarial, ni tampoco es preciso modificarlo ahora con el nuevo decreto de mejoras en la cotización de las empleadas de hogar, salvo aquellos contratos en los que la persona responsable del alta en la seguridad social sea de la propia trabajadora, que disponen hasta el 31 de diciembre para cambiarlo.

El contrato sólo deberá de modificarse cuando varíen alguna de las condiciones esenciales del mismo, estipuladas en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo si se produce una reducción de la jornada de trabajo.

Lo que sí que ha de hacer es que a partir de octubre tiene que incorporar en la nómina la deducción de las cuotas de la trabajadora por desempleo.

Por otro lado, en la tesorería sí que deberá de notificar cuando se produzcan cambios salariales, aunque si se mantiene en el mismo tramo de la tabla de Bases de Cotización no tendrá ninguna repercusión en las cuotas que deberá de satisfacer a la seguridad social.

Puede contactar con https://www.nominahogar.es/ si desea obtener ya el nuevo programa de manejo muy sencillo para elaborar la nómina de cada mes en vigor a partir de 2023.

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