Oferta de empleo para conseguir el arraigo.

3.27K visitasExtranjería

Oferta de empleo para conseguir el arraigo.

Hola, mi nombre es Luis,

Me gustaría contratar a una chica interna que le falta la oferta de empleo fijo (según me dice) para conseguir el arraigo, el permiso de trabajo en España y luego darle de alta en la Seguridad Social.

Dado mi desconocimiento sobre este tema, me parece que desde que le haga la oferta de empleo o contrato privado hasta que pueda darle de alta en la Seguridad Social, yo estoy expuesto a ser denunciado por tener una persona trabajando sin el permiso correspondiente.

¿Esto es así?

¿Si presenta la oferta de empleo en Extranjería yo estoy cubierto legalmente?

¿Cuánto tiempo suelen tardar si se presentan todos los documentos? Esta persona es de Brasil. Por temas de COVID por lo visto se ha tenido que quedar en España.

Muchas gracias y un saludo,

Luis

Pregunta respondida

Hola Loly,

El alta en la seguridad social en este caso debe ser efectuado por la persona empleadora, pues solo es posible que el alta lo efectúe la propia empleada cuando el número de horas al mes no supere las 60 horas.

Suponiendo que el salario bruto sea de 960€/mes en 12 pagas el recibo de la seguridad social será de 263,34€ (suponiendo que no tiene derecho a bonificaciones por familia numerosa), de los cuales podrá deducir por nómina 49,35€ de las cuotas de la SS correspondientes a la trabajadora.

Póngase en contacto con https://www.nominahogar.es/ si necesitara ayuda para efectuar el precontrato a presentar en extranjería y un programa de manejo muy sencillo para que pueda preparar la nómina de la trabajadora de manera automática

Pregunta respondida
0

Hola mi nombre es Loly y quiero contratar para el cuidado de mis hijos a uan chica venezolana que no tiene papeles. Necesita un precontrato según me cuenta..

El. Contrato es por 30 horas semanales a 8€ /h. Toda vez que le den el permiso y comience a trabajar quien debe inscribirla en la seguridad social ella o yo? Y cuando sería lo que debemos aportar como. Empleador y cómo trabajador a la seguridad social

Gracias

Pregunta respondida
0

Contratar a una persona que no tiene permiso de trabajo es un comportamiento sancionable por parte de inspección de trabajo. Es cierto que en el régimen del servicio doméstico se puede derivar la responsabilidad de ingresar las cuotas de la seguridad social si se realiza un contrato de menos de 60 horas, pero desconozco y dudo si eso impide que no se sanciones si se contratación a una persona trabajadora sin el permiso correspondiente.

Mi recomendación seria esperar a que se obtenga el permiso.

Pregunta respondida
0

Muchas gracias por la solución.

Pregunta respondida
0

Hola Luis,

Realmente, mientras no obtenga el permiso de trabajo no se le puede dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social (SS) y por tanto no podría trabajar de manera legal.

No obstante, se le puede efectuar un contrato de menos de 60 horas al mes (15 horas a la semana), que señale que la propia trabajadora es la responsable de darse de alta en la SS por sí misma y abonar por nómina las cuotas de la SS que le correspondería pagar a la persona empleadora a la SS. De esa manera, según la ley, la persona empleadora queda exenta de toda responsabilidad, en caso de que una inspección de trabajo detectara la falta de ingreso de cuotas de la SS por parte de la trabajadora, que es poco probable, asumiendo la empleada únicamente toda la responsabilidad (cosa que actualmente ya asume al encontrarse en situación irregular en el país).

Si necesitara un servicio de más de 60 horas al mes, el resto de horas que necesite deberían ser abonadas a la trabajadora como tiempo de presencia y horas extra hasta completar el total de las horas.

Si necesita ayuda para la preparación de este contrato y las nóminas a entregar a la trabajadora, póngase en contacto con https://www.nominahogar.es/

Pregunta respondida
0