Reclamación cantidad
Reclamación cantidad
Buenas tardes! Quería preguntar cuantos días tengo para presentar una demanda en juzgado de lo social por reclamación de cantidad después de acto de conciliación sin avenencia? Gracias
Hola María,
Pues lo malo es que sigues teniendo 20 días hábiles desde que se produjera el despido, ya que lo único que hace la presentación de papeleta de conciliación es que los plazos queden interrumpidos en el día en que se produjo y que se vuelva a poner el contador de plazos de nuevo en el momento en que se paró, tras ese acto de conciliación sin acuerdo.
Así, por ejemplo, si la papeleta de conciliación se presentó después de 15 días hábiles desde que se produjo el despido y unos días después se produjo el acto de conciliación sin avenencia, pues sólo dispone de 5 días hábiles para presentar la demanda de cantidad, desde que se produjo el acto de conciliación.