Subrogación a otra empresa con distintas condiciones económicas y de horas

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Subrogación a otra empresa con distintas condiciones económicas y de horas

Buenos días:

Hace ya un año que, tras sufrir en el centro de trabajo una situación de abuso y maltrato continuado hacia mi persona por parte de mi superior, notifiqué, según procedimiento de violencia interna a los responsables de tal Comité, y acabé solicitando, a instancia de aquellos (director de RR.HH y Gerente) tal y como estaba estipulado en el convenio propio de aplicación, un traslado de puesto de trabajo. Dos meses después se determinó que mi puesto de trabajo sería en una empresa con CIF distinto, dependiente del mismo holding del grupo de empresas y me realizarían una subrogación (tal y como tenían algunas personas que ya habían sido destinadas allí mismo). Una vez ya incorporada al nuevo puesto, firmé el documento de subrogación, que no era el mismo que el de los otros compañeros, en este documento se hacía constar que me respetaban en la subrogación los derechos contenidos en el contrato de trabajo y sus anexos, ,pero que desde este momento pasaba a aplicarme otro convenio, el de Oficinas y Despachos de la CM (peor convenio). Aunque me dijeron que sólo afectaría al diseño de mi nómina, lo cierto es que he perdido salario (complementos de asistencia, ayudas para libros y campamentos de hijos, etc..) además de que ahora, con el sistema de implantación del fichaje, están intentando que haga 40 horas y no las 37.5 que indica mi contrato (aunque esto creo que me sí me lo van a arreglar, o eso espero). He escrito varias veces a RR.HH para que me respondan acerca de la pérdida de estos beneficios que tenía anteriormente, pero no me responden. Además, les he hecho saber desde el inicio, que el documento de subrogación tiene una fecha de antigüedad de mi relación laboral errónea (cierto que son unos días, pero es errónea) y que además me parece que contiene información contradictoria por lo expuesto anteriormente. ¿Habría alguna posibilidad de reclamarles que regularicen mi situación híbrida con respecto a los demás compañeros y además que recupere los derechos adquiridos de ayudas y complementos que tuve en las nóminas anteriores?

Gracias, saludos.

Pregunta respondida

Hola,

Según el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores: Salvo pacto en contrario, establecido mediante acuerdo de empresa entre el cesionario y los representantes de los trabajadores una vez consumada la sucesión, las relaciones laborales de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida.

Aunque en tu caso se trata de una cesión a otra empresa y no una sucesión de empleadores, como contempla el estatuto, pero entiendo que siempre que se producen cambios se mantienen los derechos adquiridos, salvo que haya de por medio una indemnización por la liquidación de estos.

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