Tramitar alta en seguridad social

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Tramitar alta en seguridad social

Buenos días,

Al tramitar el alta de una empleada de hogar en Seguridad Social a través de Intersas me preguntan si recibirá salario durante las vacaciones.

El alta es por 18 horas a la semana, un contrato por obra o servicio, que se convertirá en indefinido y en la nómina está incluidas las pagas extras.

¿En la pregunta a las vacaciones hay que poner que sí o que no?

Si pongo que sí, me dice que está correcto y que la cuota es de 118,88.

Si pongo que no, me dice que el Salario de 506,62€ brutos (pagas extras incluidas) es inferior al SMI

¿Qué tengo que poner para que sea correcto?

Un saludo.

Pregunta respondida

Hola Aixa,

La respuesta a esa pregunta depende de si el pago que va a efectuar todos los meses va a ser fijo en proporción al número de horas de la jornada con respecto a la jornada completa, incluso en el mes en que esta se encuentre de vacaciones, que en ese caso deberá responder que SÍ se pagan las vacaciones; o si el pago que va a efectuar todos los meses variará dependiendo del número de horas de trabajo efectivo que efectúe cada mes, de tal manera que cuando se tome vacaciones pues NO deberá de pagarle nada por los días que no vaya a trabajar (luego las vacaciones NO son pagadas).

En este último caso, se dice que el pago que efectúa es por horas y el importe del salario mínimo de la hora es de 7,55€ brutos, estando incluido en dicho importe la parte proporcional de las pagas extras, las vacaciones y los festivos. Por tanto, el salario mínimo a notificar cuando el pago es por horas, para una jornada de 18 horas a la semana o 72 horas al mes, sería de 543,41€ brutos/mes y en ese caso pagará 152,49€/mes de cuotas a la seguridad social.

El pago por horas se suele utilizar cuando la empleada trabaja un par de días a la semana, pero para jornadas superiores lo habitual sería el pago proporcional a la jornada completa, que además en este caso le supone un ahorro de 33,61€ todos los meses en el recibo de la seguridad social.

Para elaborar la nómina que ha de entregar cada mes a la empleada lo mejor es contar con un programa adaptado a las condiciones de contratación muy sencillo de manejar, como el que le pueden preparar por muy poco en https://www.nominahogar.es/

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Buenos días,

Ante todo muchas gracias pro la pronta respuesta.

La trabajadora va a hacer las mismas horas fijas todos los meses y todos los meses va a cobrar lo mismo, las 18 horas semanales, es decir un 45% de una jornada completa.

En su retribución mensual va a ir todos los pagos, incluida la parte proporcional de las pagas extras, vacaciones y todo. Es decir, como un trabajador de régimen general.

Es por esto que me sale una retribución mensual de 434,25€ de salario base + dos pagas extras de 36,18€ cada una. Total 506,62€ de salario bruto, si no he realizado mal las cuentas.

Esta cantidad es la que debo indicar en el alta, si no me equivoco, además de indicar las 18 horas y el SI a las vacaciones.

Con esto entro en el rango de base de cotización de 474 y un pago a seguridad social de 118,88€ (con el 20% aplicado)

No sé si me puede confirmar si todo esto es correcto y está dentro de la legalidad. En Seguridad Social me han permitido tramitar el alta así sin ningún problema.

Gracias.

Un saludo.

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Buenos días Aixa,

El alta efectuado en la Seguridad Social por un importe total de 506,62€ por 18 horas de jornada semanal es correcto.

También es correcto el importe del recibo mensual de la SS de 118,88€.

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Muchas gracias por todo, ha sido de una gran utilidad y nos ha sacado de un gran aprieto, ya que algunos profesionales nos decían que la interpretación de la norma era que al ser un tiempo parcial siempre era a 7,55€ la hora x 4,2 semanas. Y en lo poco que entendemos eso no nos cuadraba.

De nuevo muchas gracias por el gran aporte y ayuda.

Saludos.

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El problema que le han comentado esos profesionales existía, pero fue solventado en los sistemas informáticos de la seguridad social desde el pasado mes de abril.

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